Esta asignación la íbamos a hacer en clases, por favor háganla en sus casas y la llevan el jueves
Grupos hegemónicos de los medios de difusión masiva en Venezuela
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Hegemonía: Es un concepto que refiere a la existencia de una diversidad en la sociedad, dentro de la cual ocurre el predominio de uno de los integrantes de ella sobre los otros. Pero esta situación hegemónica no implica en modo alguno la desaparición de las diferencias o de la diversidad en sí, sino por el contrario, el mantenimiento de las mismas bajo un consenso en el cual las partes aceptan, no sólo la diversidad, sino las reglas de juego dentro del cual esa unidad de lo diverso podrá ser reproducida. Capaz de intimidar a los adversarios y dirigir a los aliados con la fuerza de las ideas y los instrumentos de la política. Podemos definir hegemonía como un amplio conjunto de estrategias prácticas a través de las cuales un grupo obtiene consenso para su dominio por parte de aquellos que se encuentran a él subordinados.
Grupos hegemónicos: Son los medios masivos de comunicación utilizados por una élite o clase dominante que controlan a la gran parte de los medios masivos para brindarle a la sociedad una información distorsionada y falsa para así ejercer el dominio, el control de las masas o el control social. Estos medios masivos de comunicación nos obligan a vivir en una falsa realidad o en una realidad impuesta por los grupos dominantes no por falta de razonamiento sino por falta de conocimiento y como nos han impuesto un estereotipo y un modelo a seguir y, así podamos pensar, vestirnos hablar, educarnos y comunicarnos como éste grupo controlador nos antepone, sin llegar a darnos cuenta que estamos viviendo una falsa realidad y nos brindan información que no es la real.
Los grupos hegemónicos se apropian de los recursos que permiten reproducir su posición, en la medida y al ritmo que se reproducen la sociedad a su imagen y semejanza: la comunicación es uno de esos recursos. Entre los medios de comunicación masivos podemos mencionar al cine, la prensa, la radio y la televisión.
Conflicto entre los intereses públicos generales e intereses comerciales-religiosos: El conflicto entre los intereses públicos generales que bien podríamos llamar confusión de intereses y de poderes, o mejor aún un indiscutible dominio de los intereses privados sobre los intereses públicos está convirtiéndose en una dimensión general y global de las democracias actuales, que puede llevar a la banalidad tanto al carácter liberal como a la forma representativa: al disminuir la información libre y, al mismo tiempo, debilitar la separación entre política y negocios, entre esfera pública e intereses privados, que es el presupuesto elemental de la representación política que representa a la generalidad de los ciudadanos y a los intereses generales.
El desarrollo de los movimientos populares de clase y el crecimiento del socialismo no pasan desapercibidos para la Iglesia Católica de Venezuela. Los reclamos de los distintos entes de las comunidades y las inquietudes sociales que en ellos se manifiestan, así como las acciones reivindicativas del pueblo organizado para imponerlas, alarman a la Iglesia, instrumento al servicio de las clases dominantes. Las asociaciones y cofradías existentes hasta la fecha tenían más bien un carácter mutualista, de socorros, de limosnas, de ayudas.
La Iglesia, ante las nuevas realidades del movimiento Revolucionario, se encuentra obligada a transformar el sistema de sus organizaciones dándoles unidad e imprimiéndoles un espíritu más combativo. Jamás, seguramente, en ninguna otra época dicen los Obispos, se ha visto tan grande multiplicidad de asociaciones, sobre todo la asociación del pueblo organizado. Las organizaciones católicas, profesionales, “amarillas”, al servicio de la oligarquía, manejadas por la Iglesia, juegan su papel de traición a los intereses de clase del pueblo. La burguesía acude a la Iglesia para utilizar su influencia ideológica y contrarrestar el proceso político y reivindicador del movimiento popular; su adhesión a los principios del socialismo, en el que encuentra el pueblo el camino de su verdadera liberación social. Lo que se vio en la pantalla de los canales privados.
El golpe de Estado: Los prestadores de servicio de televisión, dividió la pantalla durante la difusión de un mensaje oficial de la entonces ministra del Trabajo, María Cristina Iglesias. Además, se insertó un mensaje en el que declaraba como ilegales las transmisiones en cadena del Estado, violando el artículo 192 de la LOTEL que obliga la transmisión gratuita de mensajes o alocuciones oficiales. (10-04-02).
Se difundió la falsa noticia, declarada como “rumor”, sobre la supuesta retención del Presidente de la República por parte de un grupo de generales que le estarían pidiendo la renuncia (11-04-02). Se Insertó en la pantalla, repetidamente, el mensaje “Ni un paso atrás” haciendo referencia a las consignas políticas que vociferaban quienes asistían a la marcha del 11 de abril, en una evidente muestra de difusión de propaganda política anónima.
La programación durante el 11 de abril fue de exclusiva cobertura a los hechos relacionados con la marcha de la oposición mediante reseñas desde los lugares de concentración, entrevistas a personajes de la oposición, tanto desde el estudio como desde la calle. Sus noticieros, no dieron cabida a la difusión de otras voces que tuvieran posiciones afines al gobierno bolivariano, por el contrario, privilegió la de voceros que alentaban la actuación opositora.
Se dividió, en un nuevo desafío a la normativa legal, la pantalla durante la alocución presidencial del 11 de abril. Se difundieron simultáneamente los sucesos acaecidos durante ese día, con un claro objetivo de asociar la figura del primer mandatario con las muertes de civiles; matriz informativa que instauraron los medios de comunicación privados luego de la tragedia. Se transmitieron constantemente declaraciones de militares y políticos de la oposición que responsabilizaban al gobierno nacional de las muertes ocurridas durante la marcha del 11 de abril, convirtiéndose en juez ilegítimo y mellando la reputación y buen nombre de personas e instituciones públicas, lo cual atentaba contra la normativa legal vigente. Interrumpieron la transmisión de la rueda de prensa convocada por el Fiscal General de la República, Isaías Rodríguez, en lo que éste, en lugar de dimitir, como esperaba la oposición, denunció que se trataba de un golpe de Estado y que el presidente no había renunciado. (12-04-02); otra evidencia de una clara censura de información.
De igual forma, se impidió que los manifestantes a favor del regreso del Presidente Hugo Chávez se pronunciaran ante sus cámaras. Sólo mediante la decisiva manifestación y protestas de los ciudadanos frente a RCTV, y a otros prestadores de servicio de televisión, cedieron a la presión ciudadana y permitieron que la gente se expresara. Durante el 13 y 14 de abril impusieron un silencio informativo, con el cual censuraron las movilizaciones a favor del regreso del presidente Hugo Chávez. Luego de bombardear con incesantes emisiones reporteriles durante tres días, RCTV contrastó su programación e impuso la difusión de dibujos animados y películas de ficción como El libro de la selva, Furia al volante, El espía del deseo, Hoguera de pasión, entre otras.
El paro petrolero: Otro episodio de la relación medios-Estado lo constituyó el paro petrolero convocado por el gremio empresarial de Fedecámaras, la coalición opositora Coordinadora Democrática, la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) y un grupo de trabajadores de PDVSA durante diciembre de 2002 y enero de 2003. Sólo que esta vez la conducta política de los medios privados y sus presuntas violaciones a la ley produjeron la reacción de varias instituciones públicas en respuesta a sus obligaciones de garantizar el estado de derecho.
Se encargaron, durante el paro petrolero, no de reflejar la realidad, sino de construir una realidad, evidentemente modelada según los propósitos políticos de la oposición. Para ello utilizó actores, fabricó lemas, guiones e imágenes asociadas a la oposición e inundó su programación con claros mensajes desestabilizadores. El Consejo para Asuntos Hemisféricos (COHA), en un documento fechado el 30 de abril de 2003, desde Washington DC, EEUU, opina: Puede afirmarse que la mayoría de los medios actuaron la mayor parte del tiempo de modo antiprofesional y con reducida responsabilidad, viéndose a sí mismos más como adversarios de Chávez que como operadores neutrales y responsables. (…)
Es indudable que los medios venezolanos no se han comportado de un modo muy democrático. Los recursos utilizados por los medios de comunicación venezolanos para influir, en determinado sentido, en la opinión pública antes y durante el paro, decretado el 2 de diciembre de 2002 por la opositora Coordinadora Democrática, han sido múltiples. Las informaciones fueron, a menudo, suplantadas por mentiras o por verdades a medias, orientadas siempre en el sentido de demostrar el éxito del paro, la irresponsabilidad del Gobierno y el fervor de los opositores.
Este tipo de tergiversaciones fue especialmente evidente en las primeras páginas de los diarios. A través de los recursos del diseño, el tamaño de las letras y la tendencia de los titulares, junto con el despliegue de las fotografías, se apelaba a los sentimientos patrióticos de los lectores para que apoyaran el paro, al mismo tiempo que se transmitían mensajes llenos de incertidumbre. Más grave aún fue la evidente intencionalidad de provocar en la ciudadanía la sensación de peligro, de inseguridad general, de escasez de alimentos de primera necesidad, debido, se afirmaba, a la incapacidad de las autoridades para contrarrestar los efectos del paro.
La campaña se hizo más intensa al paralizarse la industria petrolera. Se anunciaba el total desabastecimiento de la gasolina y del gas doméstico y se aseguraba que Venezuela no podría cumplir con sus obligaciones de suministro de crudo a sus clientes del exterior.
La intervención del estado: El Estado como agente regulador tiene el compromiso de garantizar que los medios de comunicación sean verdaderamente un bien social, por lo que éste ha creado políticas regulatorias que garanticen este hecho. Dentro de estas políticas se encuentran, la penalización por emisión de injurias y mentiras en los medios masivos, regulación en los contenidos emitidos, sanciones en caso de alterar la comunicación.
La globalización obligó a interactuar mediante una computadora y abrió las oportunidades de desarrollo económico, educativo y social de las naciones. Durante este proceso de cambios Venezuela tardó 10 años planteando una reforma de propuesta que permitiera la entrada de inversionistas privados al negocio de las telecomunicaciones mediante 14 proyectos de ley. Finalmente, en mayo de 2000 se determinó que a partir del 28 de noviembre los venezolanos tendríamos una Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Libertad de competencia para los inversionistas activos y los entrantes; y múltiples ofertas, productos y tarifas para el consumidor.
Como en casi todos los países, en Venezuela el espectro radioeléctrico es un recurso limitado que es regulado por el Gobierno con el objetivo de promover el interés público. El espectro radioeléctrico es una propiedad pública y, como otras propiedades de este tipo, debe ser regulado para equilibrar las necesidades de las empresas operadoras en relación con las necesidades del público. El artículo 156 de la Constitución de 1999 y otros artículos de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones dan al Gobierno el poder de garantizar y regular el acceso y uso del espectro radioeléctrico.
El Ministerio del Poder Popular para las Telecomunicaciones e Informática es la institución encargada de garantizar acceso a los operadores de televisión y radio, y también de evaluar si un operador ha servido o no al interés general. El Estado venezolano ha creado un ordenamiento legal novedoso y desarrolla estrategias para concretar el objetivo de democratizar el uso del espectro radioeléctrico. Tal es el caso de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión. Asimismo, la continua habilitación de medios radioeléctricos alternativos y comunitarios.
Replanteamiento del marco jurídico nacional: En la República Bolivariana de Venezuela como parte de los cambios estructurales se han venido desarrollando con la promulgación de la Constitución de 1999, y a partir del comportamiento de la prensa, la radio y la televisión como actores de la confrontación política, se han hecho transformaciones orientadas a la necesidad general de redefinir las relaciones comunicacionales entre el estado, la sociedad y las empresas de información, fundamentándose en 5 principios básicos: 1) El rescate del ejercicio de la libertad de expresión en oposición a la hegemonía de las ideas de los propietarios de las empresas de información. 2) Garantía del acceso a la información. 3) La participación en la generación de los mensajes masivos. 4) La responsabilidad social de los medios de difusión masiva. 5) La diversificación de los medios d difusión masiva a través de la expansión de los medios alternativos-comunitarios.
Constitución 1999, Articulo 156 Numeral 28. Es competencia del poder público nacional todo lo relativo a la legislación sobre el uso y explotación del espectro radioeléctrico. Dicha legislación contempla constitucionalmente la conformación de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Así como otras leyes emanadas por el Poder Legislativo que están contribuyendo a sentar las bases de la patria libre, tal es el caso de la Ley de Responsabilidad en Radio y Televisión y las relativas a los medios cibernéticos y telemáticos. De esta manera, se establece todo un marco regulatorio tendente a la defensa de los usuarios y los prestadores de servicio y telecomunicaciones asegurando sus derechos.
En este sentido el marco jurídico venezolano vigente más el que está por reformarse y otros por crearse, sientan las bases para la transformación para las relaciones comunicacionales del país. A través de él se garantizan los derechos y se definen formas específicas de participación y organización, dirigidas a la democratización de la comunicación. Figuras legales como la de los comité de usuarios de radio y televisión o la de los productores nacionales independiente, se orientan en esta dirección. En la medida que tales figuras se consoliden y se solventen algunas deficiencias de los propios instrumentos jurídicos, la exigencia de una información de calidad estará más cerca de ser atendida con el consecuente impacto en la consecución de una mejor calidad de vida, el rescate de la identidad y la liberación de la conciencia individual y colectiva
Realizar un informe en equipo (10 pts) en el que se expliquen las siguientes interrogantes:
1.- ¿Que significa poder hegemónico?
2.- ¿Qué grupos hegemónicos considera usted dominan la comunicación masiva en Venezuela?
3.- ¿Qué intereses considera mueven a los grupos hegemónicos comunicacionales?
4.- ¿De qué forma actuaron los medios de comunicación privados durante los hechos del golpe de Estado (abril 2002) y el paro petrolero (diciembre 2002, enero 2003)?
5.- Debe el Estado intervenir en la regulación jurídica de la difusión de la información? ¿Por qué?
6.- ¿Sobre qué principios debe regirse la transformación del marco jurídico nacional en cuanto a la relación que debe existir entre el Estado, la sociedad y las empresas comunicacionales?
Nota: No se trata de responder una a una las preguntas, sino plasmar en el informe una análisis en el que estén respondidas de forma, libre y ampliada... Éxitos
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La segunda asignación (que es la tarea que les iba a dejar), también para el jueves, es la siguiente:
Hacer un análisis en equipos (15 pts), para entregar el sábado 25 de mayo, de los artículos referidos en los siguientes normativas, pactos y tratados:
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999): 57, 58 y 108
- Declaración Universal de los Derechos Humanos (París 1948): 19
- Declaración sobre los Derechos de la Comunicación (Ginebra, diciembre 2003): Todos los referidos alibertad, inclusión diversidad y participación (Hacer el análisis por bloques)
- Declaración Interamericana de los Derechos Humanos o Pacto de San José (Costa Rica, 1969): 13
- Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación (ONU, 1952): Hacer el análisis por bloquesNOTA: Por favor llevar la ley RESORTE Y LOPNA para el jueves. Vamos a trabajar con ellas... Gracias
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